Es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio y consiste en llevar una matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio; así como la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros y documentos que sean de carácter mercantil, o que afecten a la persona del comerciante, con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala.
El Registro Único de Proponentes -RUP- es solicitado por las personas naturales o jurídicas que aspiren a celebrar contratos con entidades estatales. El RUP es el asiento que realiza la Cámara de Comercio de la información suministrada por el proponente acerca de su calificación y clasificación, una vez se ha efectuado la correspondiente verificación documental.
Las Entidades Sin Ánimo de Lucro –ESAL- son personas jurídicas que se constituyen por la voluntad de asociación de personas naturales o jurídicas, para realizar actividades con fines altruistas en beneficio de los asociados, de terceras personas o de la comunidad en general y no persiguen el reparto de utilidades entre sus miembros.