Para realizar la inscripción de una entidad sin ánimo de lucro siga estos pasos:
1. Descargue el formato de inscripción. El representante legal debe diligenciarlo y firmarlo. 2. Recopile la siguiente documentación:
Acta de constitución, la cual debe estar firmada por el presidente y el secretario.
Estatutos de la entidad para su funcionamiento.
Reconocimiento notarial del contenido y la firma del presidente y secretario del acta de constitución.
Pre-RUT: Inscripción previa ante la DIAN.
Reconocimiento del Pre-RUT: Es un proceso que realiza el representante legal ante notario o presentación personal en la Cámara de Comercio.
Anexo DIAN: Solicítelo en las sedes de la Cámara.
Cartas de aceptación de los designados como miembros de junta directiva, representantes legales o revisores fiscales.
3. Presente los formularios y los documentos soporte en las sedes de la Cámara de Comercio de Medellín. 4. Realice el pago correspondiente a los derechos de inscripción y el impuesto de registro en las taquillas de la Cámara de Comercio.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 166 del Decreto 19 de 2012, las entidades inscritas en el registro de Entidades sin Ánimo de Lucro deberán renovar su inscripción antes del 31 de marzo de cada año. Además, deberán actualizar sus datos para mantener la información vigente correspondiente. Usted puede realizar la renovación:
Para mantener la información del Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro actualizada, usted debe presentar en las sedes de la Cámara de Comercio de Medellínlos documentos que acrediten las actualizaciones que desea realizar. Realice el pago de los derechos correspondientes en las taquillas de la Cámara de Comercio.
En caso de que la entidad sin ánimo de lucro, determine realizar la disolución y liquidación:
Presente en las sedes de la Cámara de Comercio de Medellín la copia del acta o documento en el que se presenta la disolución y copia del acta o documento en el que se registra la liquidación. En caso de tener establecimientos de comercio también debe solicitar su cancelación.
Radique en la Cámara de Comercio los documentos que acrediten el proceso de cancelación de la entidad.
Realice correspondiente en las taquillas de la Cámara de Comercio. El valor a pagar se establece según la información registrada.
Una vez reciba la respuesta a su solicitud, diríjase a la Gobernación de Antioquia para finalizar el proceso de liquidación según la Circular 251 de noviembre 8 de 2006. Consulte el instructivo.
En el caso de las fundaciones y las entidades del sector solidario, se recomienda señalar que la vigencia es indefinida, salvo para las precooperativas cuya duración es de 5 años prorrogables.
Para las fundaciones y las entidades del sector solidario, es de creación legal las facultades y obligaciones del revisor fiscal. Para las demás entidades no es obligatorio crear este cargo ni asignarle funciones.
En la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia le brinda un servicio ágil y oportuno, todos los trámites correspondientes al Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro serán efectuados en 24 horas. Consulte el estado de su trámite aquí.
Si requiere más información sobre estos servicios, la Cámara pone a su disposición una completa plataforma de contacto. Haga clic aquí para acceder a ella.