Todas las personas naturales, sociedades comerciales y civiles, empresas unipersonales, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, sucursales de sociedades extranjeras y empresas asociativas de trabajo, que ejerzan actividades comerciales.
Cada año antes del 31 de marzo, todos los comerciantes matriculados en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, deben efectuar la renovación de la Matrícula Mercantil, independientemente de la fecha en la que hayan realizado su inscripción ante ella.
Este valor es variable y se calcula según los activos de cada empresa.
En cualquier tiempo por regla general, pero el acto o documento respectivo solo producirá efectos a terceros, a partir de la fecha en que se haga tal inscripción.
Debe tenerse en cuenta que después de dos meses de haberse producido el documento si fue suscrito en Colombia, o tres meses si fue suscrito en el exterior, vencido este término la solicitud de inscripción causará intereses de mora por el pago del impuesto de registro a favor del Departamento.
Con la presentación del documento correspondiente en cualquiera de las sedes, el pago de los derechos de ley y del impuesto de registro en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
Cualquier persona que requiera la publicidad o divulgación de un acto o documento, cuyo registro se encuentre ordenado por la ley.
En la cámara de comercio correspondiente al lugar donde se celebra el acto o contrato y, además, en la que tenga jurisdicción en el sitio donde se deba ejecutar o cumplir.
Las sociedades deben hacer su inscripción en la cámara correspondiente al domicilio social principal.