Registro Único de Proponentes

Empresaria con portatil en mano

El Registro Único de Proponentes -RUP- le permite participar en licitaciones y celebrar contratos con el Estado, de acuerdo con sus requisitos habilitantes. Además, su empresa ingresa a la base de datos más grande del país de potenciales contratistas del Estado.

Tenga en cuenta que en virtud del Decreto Número 734 del 13 de abril de 2012, por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, se dictan otras disposiciones y se incorpora la reglamentación del Registro Único de Proponentes (RUP), los trámites propios de este registro se modifican a partir del 1° de septiembre de 2012.

Principales cambios:

  • Eliminación de la calificación y de la determinación de la K de contratación de los proponentes.
  • La determinación de la K residual para los contratos de obra se verificará por la Entidad contratante y no por las Cámaras de Comercio.
  • Los proponentes deben indicar si son Gran Empresa, mediana empresa, pequeña empresa o microempresa.
  • Reducción del término de firmeza de la inscripción a 10 días hábiles contados a partir de su publicación en el RUES.
  • Disminución del término para responder la impugnación de la inscripción a 20 días hábiles desde la presentación del escrito por la entidad estatal.
  • Determinación de las condiciones para la verificación documental, la forma de llevar el registro, la función certificadora, el reporte de entidades estatales y las tarifas por el servicio registral, seguirán siendo definidas por el Gobierno Nacional a través del Reglamento.


Conozca aquí el Régimen de Transición

  • Inscripción [+]
  • Renovación [+]
  • Actualización [+]


Tenga en cuenta

  • Si usted es un comerciante matriculado en el Registro Mercantil o en el Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, al ingresar a la plataforma virtual RUP para realizar la inscripción el sistema cargará automáticamente los datos de nombre o razón social y duración según el caso; nombre, documento de identidad y facultades del representante legal; fecha y clase de documento mediante el cual se obtuvo el reconocimiento o adquisición de la personería jurídica. Revíselos  y modifique los campos que considere necesarios.

  • Para conocer más sobre estos servicios participe de Chárlas Cámara, un espacio en el que conocerá todo lo que necesita saber del RUP. Consulte la programación. 
  • La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia le brinda un servicio ágil y oportuno, todos los trámites correspondientes al Registro Único de Proponentes serán efectuados en 72 horas. Consulte el estado de su trámite.

  • Para consultar la fecha de su última renovación haga clic aquí, y póngase al día si aún no lo ha hecho. Recuerde que de no renovar su Registro Único de Proponente, dentro del término establecido, cesarán sus efectos, lo que implica la no expedición de certificados hasta tanto no vuelva a inscribirse.

El Gobierno Nacional mediante el Decreto 393 de 2002, fijó las tarifas que deben sufragarse en favor de las cámaras de comercio, por concepto del Registro de Proponentes.

Las tarifas vigentes para el año 2013 son:

  •  Inscripción

     $394.000

  •  Renovación

     $394.000

  •  Actualización

     $211.000

  •  Certificados

     $ 35.000

  •  Expedición de copias

     $  2.100

  • ¿Cuáles son los principales cambios que se han introducido al nuevo régimen del Registro Único de Proponentes?[+]
  • ¿Si se eliminó la calificación de los proponentes, entonces ante quién se acredita la capacidad residual en los contratos de obra? [+]
  • ¿Bajo el nuevo régimen del RUP, cómo deben clasificarse los proponentes?[+]
  • ¿Quiénes deben efectuar el Registro de Proponentes? [+]
  • ¿Quiénes se encuentran exceptuados de adelantar el Registro Único de Proponentes ante las Cámaras de Comercio? [+]
  • ¿Cómo opera el cambio de domicilio del proponente? [+]
  • ¿Cuál es el fin de la cita con el orientador? [+]
  • ¿Qué debe hacer un proponente que desea inscribirse nuevamente, luego de que le han cesado sus efectos?[+]