Arbitraje Exprés
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Árbitraje Exprés

¿Qué es el Arbitraje Exprés?

Es un mecanismo mediante el cual las partes pueden solucionar sus conflictos con todos los beneficios del arbitraje en los términos de su actual regulación legal y reglamentaria, pero contando con una serie de ventajas tales como:

  • Un procedimiento con todas las garantías legales pero con mayor flexibilidad en todas las fases procesales
  • Tiempos más cortos
  • Menores costos
  • 100% virtual con plena validez legal
  • Árbitros de las Listas Permanentes del Centro
  • Aprobado por el Ministerio de Justicia y el Derecho

Principales beneficios y diferencias

 

REGLAMENTO GENERAL ARBITRAJE

EXPRÉS

PACTO

En el pacto (cláusula compromisoria o Compromiso) solo requiere hacerse alusión al arbitraje

El pacto expresamente debe indicar que se tramita por procedimiento exprés.

CUANTÍA

No tiene límite de cuantía de las pretensiones y divide los procesos en menor cuantía (inferior a 400 SMLMV), mayor cuantía (iguales o superiores a 400 SMLMV e indeterminada

Tiene como límite de cuantía de las pretensiones 800 SMLMV y si es indeterminada debe ser determinable hasta 800 SMLMV

NATURALEZA

Nacional e internacional

Nacional

CANTIDAD DE ARBITROS

De acuerdo con la cuantía o el pacto (1 o 3)

Árbitro único (1)

REUNIONES Y AUDIENCIAS

Presencial, virtual o mixto

Exclusivamente virtual desde la presentación de la demanda.

NOMBRAMIENTO

El Centro tiene 5 días para nombrarlo o citar a reunión de nombramiento

El Centro tiene 3 días para nombrarlo o citar a reunión de nombramiento

TIEMPO PARA ACEPTACIÓN O RECHAZO DEL ÁRBITRO

5 días hábiles

3 días hábiles

TRASLADO DEL DEBER DE INFORMACIÓN

5 días hábiles

3 días hábiles

SECRETARIO

Siempre tiene esta figura

Es opcional, pero el árbitro puede asumir esta función.

AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN

Se realiza en todos los casos

Solo si las partes la solicitan de mutuo acuerdo

DURACIÓN DEL PROCESO

6 meses desde la finalización de la primera de trámite, prorrogable hasta por otros 6 meses con aprobación de las partes

60 días hábiles desde la finalización de la primera audiencia de trámite, prorrogables de oficio, hasta por 15 días hábiles.

SUSPENSIÓN

Máximo 120 días

Máximo 15 días hábiles

LAUDO

Audiencia de laudo

No hay audiencia de laudo. Este se notifica por medios electrónicos

Tarifas

CUANTÍA DEL PROCESO (Salarios mínimos legales mensuales vigentes – SMLMV)

TARIFA

Menos de 10

10 SMLDV

Entre 10 e igual a 176

2.75%

Más de 176 e igual a 282

2.15%

Más de 282 e igual a 400

2%

Más de 400 e igual a 800

1.8%

Indeterminada

22 SMLMV

Modelo Cláusula:

“Toda controversia o diferencia relativa a este contrato será dirimida por un tribunal de arbitramento administrado por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, con sujeción al Reglamento de Procedimiento de Arbitraje Exprés, siempre que la diferencias objeto de arbitraje tengan una cuantía – determinada o determinable – hasta de 800 SMLMV.

En caso de que la demanda tenga una cuantía, determinada o determinable superior a 800 SMLMV o si la misma es indeterminada, la controversia se resolverá por tres (3) árbitros designados de común acuerdo por las partes, y en caso de que no fuere posible, mediante sorteo realizado por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia de sus listas. El tribunal funcionará en las instalaciones del mencionado Centro, se sujetará a las reglas previstas en su Reglamento General además de las disposiciones vigentes sobre la materia y decidirá en derecho.”

Audiencias Conciliación Sede Centro

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