¿Qué se entiende por "empresa familiar"?
Es toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios, ofertada y legalmente constituida por dos o más miembros de un mismo núcleo familiar.
Requisitos para tener la calidad de empresa familiar:
- Debe ser una sociedad comercial, cualquiera sea el tipo societario (limitada, anónima, en comandita simple o por acciones, sociedad por acciones simplificada)
- Cualquier figura societaria “pluripersonal”, que tengan un número plural de socios o accionistas.
- Dos o más miembros constituyentes de un mismo núcleo familiar.
- Los miembros del grupo familiar deben ser titulares de por lo menos la mitad más una de las cuotas o acciones, según el caso.
- Se entiende por un mismo núcleo familiar, aquel conformado por cónyuges, compañeros permanentes, o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o afinidad y primero civil.
- Microempresa: los ingresos declarados en el formulario RUES deben ser iguales o inferiores a los topes de microempresa según el sector. (Decreto 957 de 2019).
Estos requisitos deben ser concurrentes.
Aplica a las sociedades comerciales que se constituyan y matriculen a partir del 28 de julio de 2025.
Parentescos:
Cónyuges, compañeros permanentes.
Parentesco por consanguinidad:
- Primer grado: padres e hijos.
- Segundo grado: abuelos y nietos, hermanos.
- Tercer grado: bisnietos y bisabuelos, tíos y sobrinos.
- Cuarto grado: tataranietos y tatarabuelos.
Parentesco por afinidad:
- Primer grado: suegros y los hijos de su cónyuge.
- Segundo grado: hermanos, nietos y abuelos del cónyuge.
- Tercer grado: tíos, sobrinos, abuelos, bisabuelos y bisnietos del cónyuge.
- Cuarto grado: primos, tatarabuelos y tataranietos del cónyuge.
Primero civil: padres adoptantes e hijos adoptivos.
¿En qué casos no se aplica la ley empresa familiar?
- Establecimientos de comercio.
- Personas naturales.
- Empresas Unipersonales.
- Sociedades con único socio o accionista.
- Sociedades Civiles.
- Entidades sin ánimo de lucro del sector común y solidario.
- Sucursales de sociedad extranjera.
- Las sociedades comerciales que no cumplan con todos los requisitos exigidos en la ley .
¿Qué sociedades son beneficiarias?
Las sociedades comerciales que se matriculen a partir de la promulgación de la Ley, es decir, del 28 de julio de 2025. No es retroactivo.
¿Qué beneficios tiene?
Exención en el cobro por concepto de matrícula mercantil por la persona jurídica al momento de la constitución de la sociedad comercial empresa familiar.
¿Dónde validar el parentesco para determinar que hacen parte del “núcleo familiar”?
- En los estatutos sociales.
- En el formato creado para la certificación del representante legal para el cumplimiento de requisitos el cual adjunto para su publicación en los siguientes lugares del sitio web.