Amigable Composición
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Amigable Composición

¿Qué es?

Es el mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas le encomiendan a uno o varios terceros que actúan como sus mandatarios, la resolución del conflicto que los enfrenta. Estas personas se denominan amigables componedores y cuentan con un reconocido prestigio, trayectoria y solvencia moral para decidir la forma en que deben resolverse las controversias.

Beneficios

  • Sencillez y celeridad: el proceso se debe resolver en unplazo máximo cuatro (4) meses prorrogables por dos (2) meses más.
  • Economía: la solución del conflicto no paraliza la ejecución del contrato
  • Flexibilidad: las partes en el conflicto pactan el procedimiento.
  • Especialidad y diversidad: los árbitros no deben ser abogados sino especialistas en el asunto de la controversia que puede abarcar cualquier tema (asuntos jurídicos, financieros o técnicos).
  • Imparcialidad: el problema se debe tramitar y fallar conforme a la ley.
  • Validez: la decisión tomada es de obligatorio cumplimiento y presta mérito ejecutivo.

Conoce el reglamento de Amigable Composición

Testimonios:

 

Cláusula

Modelo de cláusula de amigable composición:

“Cualquier diferencia que surja entre las partes por la ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente contrato y en general, sobre los derechos y obligaciones que para las mismas emanan durante su vigencia, así como durante su etapa precontractual, se solucionará por un (o cualquier otro número impar) amigable componedor que será nombrado por las partes de común acuerdo. En caso de que no fuere posible tal acuerdo, las partes delegan expresamente el nombramiento en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. El proceso de Amigable Composición se adelantará de acuerdo con lo que las partes determinen con el o los amigables componedores o, en su defecto, por el Reglamento de Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia”.

Contacto:

 

  • Jazmín María Puerta Mejía (Abogada) Tel: 4448822 ext. 5161
  • Estefania Cárdenas Álvarez (Asistente) Tel: 4448822 ext. 5105
  • Lizeth Nataly Conrado Orozco (Auxiliar) Tel: 4448822 ext. 5122

Centro de Servicios El Poblado. Carrera 43 A Nro. 16 sur 245, piso 4.

arbitraje@camaramedellin.com.co

conciliacionyarbitraje@camaramedellin.com.co
 

Preguntas frecuentes

  • ¿Es la decisión del amigable componedor obligatoria?

    -Sí, ya que el amigable componedor actúa en nombre y representación de las partes por lo cual su decisión es de obligatorio cumplimiento y tiene plenos efectos legales.
     
  • ¿Qué debe presentar para solicitar un trámite de amigable composición? 

    -Solicitud escrita por cualquiera de las partes o por ambas.

    -Una relación de los hechos que originaron las controversias y lo que se pretenda por parte del solicitante con una estimación económica o con la manifestación de que su pretensión carece de valor.

    -Los documentos necesarios para respaldar la solicitud, en especial el documento en el que conste la voluntad de las partes de resolver su conflicto a través de la amigable composición.

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