El servicio de Recuperación empresarial te permite mediar con tus acreedores y organizar las finanzas de tu empresa.
El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia pone a tu disposición el servicio de Recuperación empresarial, en el cual a través método de solución de conflictos : mediación, podrás negociar con tus acreedores y establecer acuerdos de pago, saneando tus finanzas, acompañado de un profesional experto en la materia denominado mediador en busca de atender tus obligaciones, y preservar tu actividad económica para proteger el empleo en la región.
Beneficios de acogerte al Procedimiento de Recuperación Empresarial - PRES
- Te permite negociar las deudas empresariales con los acreedores, todos o por categorías, en un escenario neutral de forma ágil y efectiva, acompañado de un mediador experto en la materia.
- Con la admisión se suspenden los procesos de ejecución, cobro coactivo, restitución de tenencia y ejecución de garantías que tenga el deudor con respecto a los acreedores involucrados en el proceso.
- Te permite buscar fórmulas de arreglo que preserven el empleo y pueda cumplir con el pago de los pasivos, al tiempo que renegociar tasas y plazos con los deudores a fin de lograr la sostenibilidad de la empresa en el largo plazo.
- Es de fácil acceso en virtud de la cobertura territorial nacional que tienen las cámaras de comercio del país.
- Permite el pacto arbitral para la resolución de objeciones en un plazo máximo de 4 meses.
- Permite la validación del acuerdo. Celebrado el acuerdo, el deudor podrá solicitar la validación judicial, extendiendo los efectos de este a los acreedores disidentes y ausentes.
IMPORTANTE: Los acuerdos que se logren en virtud del procedimiento de recuperación empresarial, podrán ser validados ante autoridad competente, cuando haya acreedores ausentes o disidentes a fin de que se extienda los efectos legales del acuerdo a todos los acreedores. A la fecha se encuentra pendiente de reglamentación por parte del gobierno nacional.
¿Cuándo puedes aplicar?:
Tu empresa se encuentra actualmente en cesación de pagos, esto es:
- ¿Tienes 2 o más obligaciones con más de noventa (90) días a favor de dos (2) o más acreedores?
- ¿Tienes por lo menos dos (2) demandas de ejecución presentadas por dos (2) o más acreedores para el pago de obligaciones?
¿Te encuentras en incapacidad de pago inminente de sus obligaciones? esto es:
- Puedas acreditar la existencia de circunstancias en el respectivo mercado o al interior de tu organización o estructura, que afecten o razonablemente puedan afectar en forma grave el cumplimiento normal de tus obligaciones, con un vencimiento igual o inferior a un año