Conciliación
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Paso 1: Elaborar la solicitud de conciliación

Elabora una solicitud escrita de conciliación en la que incluyas la siguiente información:

  • Identificación de las partes: el nombre, dirección, teléfono, celular o WhatsApp, correo electrónico, o la identificación del medio que considere más expedito y eficaz para que se surtan comunicaciones de la persona o personas que solicitan la conciliación y de la persona o personas a quienes se convoca a la audiencia de conciliación
  • Hechos: describe brevemente los hechos que están originando las diferencias entre las partes.
  • Pretensiones: describe lo que pretendes resolver con la audiencia de conciliación.
  • Cuantía: incluye la estimación económica del asunto que pretendes solucionar
  • Anexos: relación de los documentos que anexaras porque consideres relevantes aportar para el desarrollo del trámite.

Formato de solicitud de Conciliación

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Paso 2: Recopilar los documentos de respaldo

Adjunta a tu solicitud de conciliación los documentos necesarios para respaldarla, tales como copia de contratos, copias de escrituras públicas, certificados de tradición y libertad de bienes inmuebles, copia de registro civil de nacimiento y/o de matrimonio cuando el asunto sea en materia de familia e involucre a los cónyuges y/o a un menor de edad, certificado de existencia y representación legal cuando alguna o ambas partes sean persona jurídica, poder en caso que presente la solicitud de conciliación por medio de abogado. Cualquier otro documento que el solicitante considere importante aportar.

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Paso 3: Presentar la solicitud de conciliación y realizar el pago

Presenta la solicitud de conciliación con sus anexos y copias de forma virtual:

1. Debes presentar tu solicitud escrita en el aplicativo Mascinfo: www.mascinfo.com.co , con todos los anexos que consideres necesarios para la realización y desarrollo del trámite.

Ver instructivo del aplicativo 

Si requieres apoyo con el uso del aplicativo por favor contáctanos a los Celulares/WhatsApp +574 576 63 85 - +574 576 6165- 300 756 4290

2. El solicitante podrá pagar por medio del aplicativo Mascinfo con botón PSE al momento de radicar la solicitud o en taquillas de las sedes Poblado o Centro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia con el recibido descargado del aplicativo una vez cargada la solicitud. Conoce nuestras sedes

Una vez realizado el pago en cualquiera de sus modalidades el caso desaparecerá de tu perfil en el aplicativo y pasará a gestión del Centro de Conciliación.

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Paso 4: Comunicación de aceptación y programación de la audiencia

Las solicitudes de conciliación radicadas se tramitan en un término de 2 a 3 días hábiles

Luego de este tiempo recibirás un correo del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición en el cual se te informará si fue admitida tu solicitud, si se te hace requerimiento o se inadmite (por falta de competencia o determinación de asunto no conciliable)

Una vez admitida la solicitud, se te asignará un conciliador, por tu designación de parte o sorteo (según sea el caso), el cual tiene un día hábil para comunicarse contigo y fijar la fecha de la audiencia, con una antelación mínima de 6 días hábiles.

Las audiencias se realizan de forma virtual salvo requerimiento presencial. Verifica aquí los términos y condiciones aplicables a nuestras audiencias virtuales 

Asuntos que pueden conciliarse:

Los empresarios registrados en la Cámara de Comercio de Medellín, en su calidad de arrendadores o arrendatarios, podrán resolver situaciones como:

  • Incumplimiento en el pago de cánones de arrendamiento.
  • Disminución de canon de arrendamiento.
  • Reparaciones al inmueble.
  • Entrega anticipada y voluntaria del inmueble.
  • Pago de penalidad por entrega anticipada y voluntaria.

Estos temas y cualquier otro asunto relacionado pueden solucionarse de la mano de nuestros conciliadores especializados, destacando que gracias a su labor el 87% de las audiencias en esta materia en nuestro Centro, tiene como resultado el acuerdo entre las partes.

Importante

Si requieres más información sobre este servicio, puedes escribir a conciliacion@camaramedellin.com.co o comunicarte con la Unidad de Conciliación a los teléfonos fijos 604 576 63 85 – 604 576 61 65, WhatsApp +5745766385- +5745766165. Dirección: Carrera 43A # 16 sur 245 piso 4 - Centro de Servicios El Poblado
 

Si al momento de presentar tu solicitud reportas y pagas un valor diferente al que verifique el profesional del Centro durante en el estudio de esta, se efectuará reliquidación de la tarifa del servicio.

Conoce las tarifas del servicio de conciliación aquí: CALCULADORA TARIFAS 2025

Si eres afiliado o profesional inscrito en las listas del Centro tienes descuento aplicable: Afiliado 10%, profesional Centro: 20%

Verifica nuestra política de devoluciones aquí

Preguntas Frecuentes

¿Qué sucede si no hay un acuerdo conciliatorio?

Si en desarrollo de la audiencia las partes no logran acuerdo, por cualquier circunstancia, se les expedirá una constancia de la imposibilidad de acuerdo que para los casos en que la ley lo exija servirá para agotar el requisito de procedibilidad en una posible acción judicial.

En el evento en que alguna de las partes adelante un proceso judicial por los mismos hechos puede presentar ante el juez esa constancia de imposibilidad a efectos de que en el curso del proceso judicial no se adelante nuevamente esa etapa procesal y, por ende, se le dé agilidad al mismo.

¿Qué sucede si una parte no asiste a la audiencia?

Si la parte convocada no asiste a la audiencia de conciliación, el convocante podrá solicitar una nueva citación para una segunda reunión, en caso de que definitivamente dicha parte no asista se expedirá una constancia de inasistencia y se les entregará a las partes asistentes.

Dicha constancia sirve para que, en el evento de que se adelante un proceso judicial por los mismos hechos, se pueda solicitar como un indicio grave en contra de quien no asistió a la audiencia, el cual se aplicará a las pretensiones, en el evento en que formule una demanda, o en contra de las excepciones, en el evento en que conteste una demanda.

En caso de inasistencia de la parte convocada a la audiencia de conciliación, se devolverá a la parte convocante el 70% de lo pagado, siempre que se haya realizado una sola convocatoria, en caso de realizar dos convocatorias, se devolverá el 60%.

¿Qué asuntos pueden resolverse a través de la Conciliación?

Pueden ser sometidos a conciliación todos aquellos asuntos que según la ley puedan ser disponibles por las partes.

Los asuntos más comunes que pueden ser conciliados son:

  • Fijación de cuota alimentaria.
  • Liquidación de la sociedad conyugal.
  • Custodia de hijos y regulación de visitas.
  • Disolución de la sociedad patrimonial de hecho entre compañeros permanentes.
  • Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas.
  • Restitución de inmueble arrendado.
  • Responsabilidad por accidentes de tránsito.
  • Responsabilidad médica.
  • Conflictos de convivencia entre vecinos.
  • Conflictos entre socios.

¿Cómo ser Conciliador?

Los interesados en pertenecer a la lista de conciliadores deberán seguir este procedimiento:

  • El aspirante deberá presentar y aprobar la evaluación diseñada por el Centro con una nota equivalente a 4.2 sobre 5.0. El examen constará de una prueba teórica, una prueba práctica y de aquellos aspectos que considere pertinente el Centro. El Centro informará al aspirante la hora y fecha para la presentación de la prueba.
  • En caso de ser aprobado el examen de ingreso, el Centro le informará el resultado y deberá presentar la hoja de vida debidamente diligenciada, con los siguientes anexos:
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
    • Fotocopia de la tarjeta profesional.
    • Fotocopia del acta de grado de abogado y diploma de abogado.
    • Fotocopia del certificado o acta de aprobación de la diplomatura de Conciliación en Derecho expedido por una entidad avalada por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
    • Copia del RUT.
    • Adjuntar certificación de antecedentes disciplinarios, con una vigencia no superior a dos meses.
  • En caso de que el aspirante se haya formado hace más de dos (2) años contados a partir de la fecha de solicitud de ingreso, deberá acreditar la realización de mínimo, 20 audiencias de conciliación en los últimos dos (2) años o haber cursado mínimo 40 horas de actualización en el mismo tiempo, para lo que deberá adjuntar copia de los documentos que soporten este requisito.
  • Una vez se adquiera la nota mínima mencionada en el primer numeral, deberá presentar y aprobar la entrevista realizada por el Centro.
  • Aprobada la entrevista (se entenderá aprobada cuando se obtenga un puntaje igual o superior a 4.2 sobre 5.0) y establecida la inexistencia de antecedentes, corresponde a la Comisión Asesora del Centro decidir sobre su ingreso a las listas.
  • El Centro informará al aspirante la decisión tomada por la Comisión Asesora. Los documentos relacionados pueden ser escaneados y enviados al correo electrónico conciliacion@camaramedellin.com.co. La vigencia de las listas de conciliadores es de cuatro años, y las convocatorias se anuncian a través de los diferentes canales de comunicación de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia

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